#CiudadaníaSolidariaVzla/Bitácora de la Cayapa/DERECHOS HUMANOS:

  ¿SABÍAS QUE LA JUBILACIÓN ES UN DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL 

Sí, la seguridad social y la jubilación son derechos humanos fundamentales.

En Venezuela, el Artículo 86 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) establece que toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo que garantice la protección ante contingencias de vejez, enfermedad, invalidez, retiro o jubilación. Además, está reconocido internacionalmente en el Artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

¿Ante qué autoridad debes acudir?

La autoridad u organismo competente depende directamente de tu tipo de relación laboral o condición de cotización:

1. Sector Privado o Trabajador Independiente (Pensión de Vejez)

  • Autoridad: Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).

Cuándo corresponde:

           Mujeres: A partir de los 55 años.

Hombres: A partir de los 60 años.

Requisito: Contar con un mínimo de 750 cotizaciones acreditadas.

Trámite: Debes acudir a la oficina/caja regional del IVSS más cercana a tu domicilio con la carpeta de recaudos (Forma 14-04, cedula de identidad, constancia de trabajo/Forma 14-100 si aplica).

2. Sector Público (Funcionarios o Empleados Administrativos)

Autoridad inicial: La Oficina de Gestión del Capital Humano (Recursos Humanos) del ente administrativo estatal, municipal o nacional donde prestas o prestaste servicio.

Fundamento Legal: Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores de la Administración Pública.

Trámite: Se gestiona directamente con el patrono público al cumplir los requisitos de edad (55 años mujeres / 60 años hombres) y años de servicio (generalmente 25 o 35 años según el régimen). Además, el trabajador público mantiene el derecho a tramitar en paralelo su pensión por el IVSS si cumple con las cotizaciones.

3. Instancias de Reclamo o Denuncia (En caso de negativa o vulneración)

Si la autoridad correspondiente rechaza la solicitud teniéndolo legalmente ganado o incurre en dilaciones indebidas, puedes acudir a:

  • Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (MPPPST): Para interponer reclamos administrativos o solicitar mediación si el patrono se niega a tramitar la jubilación o no pagó las cotizaciones al IVSS.
  • Defensoría del Pueblo: Para solicitar amparo administrativo y acompañamiento por vulneración del derecho humano a la seguridad social.
  • Tribunales del Trabajo (Jurisdicción Laboral o Contencioso-Administrativa): Para interponer una demanda formal de otorgamiento de jubilación o cumplimiento de prestaciones de seguridad social si se agotó la vía administrativa.

No responden o se niegan ...

Si ya has presentado solicitudes de forma reiterada ante la Oficina de Gestión del Capital Humano (Recursos Humanos) del ente administrativo estatal, municipal o nacional donde prestaste servicio, y este no responde o no da curso al trámite (incurriendo en silencio administrativo o negativa injustificada), la vía administrativa directa dentro de ese órgano queda agotada o bloqueada.

En Venezuela, el derecho a la jubilación surge de pleno derecho una vez que se cumplen de forma concurrente la edad y los años de servicio legalmente exigidos. La omisión o demora prolongada del patrono público vulnera un derecho constitucional y de seguridad social.

A continuación se detallan las instancias inmediatas a las que puedes acudir para forzar el cumplimiento o restituir tu derecho:

1. Denuncia y Solicitud de Intervención ante la Defensoría del Pueblo

  • Función: Es la máxima instancia del Estado encargada de velar por los derechos humanos y las garantías constitucionales.
  • Acción: Puedes interponer un reclamo por omisión o vulneración del derecho humano a la seguridad social y a la jubilación.
  • Procedimiento: Elabora un escrito (o dirígete a la sede regional de la Defensoría del Pueblo en tu estado) exponiendo el caso. Debes adjuntar copia de las solicitudes entregadas en Recursos Humanos (con su respectivo sello de recibido o "fe de recepción") para demostrar las gestiones reiteradas que realizaste.
  • Resultado: La Defensoría oficiará al ente empleador para requerir explicaciones e instar la apertura inmediata del expediente de jubilación.

2. Reclamo por Inamovilidad / Solicitud de Mediación en la Inspectoría del Trabajo

  • Función: Es el órgano administrativo del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo (MPPPST).
  • Acción: Solicitar una mediación/reclamo laboral por retención ilegal o negativa del trámite de jubilación.
  • Procedimiento:
    1. Acude a la Inspectoría del Trabajo de tu jurisdicción.
    2. Puedes solicitar asistencia en la Defensa Pública Laboral o con los abogados públicos de la misma Inspectoría.
    3. Abre un expediente presentando copias de tu cédula, constancia de trabajo/histórico de servicio, recibos de pago y las comunicaciones con sello de recibido que respaldan tus solicitudes anteriores ante el ente público.
  • Resultado: La Inspectoría citará a los representantes de Gestión del Capital Humano del órgano público para una audiencia de conciliación.

3. Vía Judicial: Recurso por Abstención o Carencia / Demandas en los Tribunales Contencioso-Administrativos

Si la vía administrativa y mediadora no logra que la institución proceda, debes acudir a la vía judicial laboral o contencioso-administrativa:

  • Acción Principal: Interponer un Recurso Contencioso-Administrativo por Abstención o Carencia (o una Solicitud de Amparo Constitucional por vulneración del derecho a la seguridad social y petición).
  • Fundamento: Se demuestra que la autoridad tenía la obligación legal de tramitar la jubilación al cumplir los requisitos de ley y que se ha negado u omitido hacerlo en perjuicio del trabajador.
  • Dónde se tramita: Ante los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de tu estado o región. Para esto requerirás patrocinio de un abogado privado o de un Defensor Público Laboral/Administrativo de la Defensa Pública (servicio gratuito del Estado).

Recomendaciones para respaldar tu reclamo:

  1. Organiza una cronología: Reúne copia con sello de recibido de cada una de las cartas o carpetas que has entregado en la Oficina de Gestión del Capital Humano.
  2. Soportes laborales: Conserva tu constancia de trabajo, resoluciones de nombramiento, historial de servicio o recibos de pago que demuestren de forma ininterrumpida los años prestados en la Administración Pública.
  3. Petición escrita formal: Si las solicitudes previas fueron verbales, haz una última entrega por escrito dirigida al Máximo Director o Jerarca de la institución (Alcalde, Gobernador, Ministro o Presidente del Ente) antes de formalizar la denuncia, exigiendo respuesta formal en virtud del Artículo 51 de la CRBV (Derecho de Petición) y de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA).

Germán González Rojas,
Abogado
Coord. CSolVzla.
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